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Punto 1. En el primer caso estoy en contra con la tradición que mantiene España con las corridas de toros porque las corridas de toros no significan nada en ningún sentido lógico, racional, espiritual, poético, político, social o cultural significa más que todo la ignorancia que tienen muchos espectadores que ven como es maltratado un ser vivo lastimosamente muchos no lo ven sino que simplemente lo creen diversión.
punto 2.En este punto estoy a favor a que se conserve la pintura que el pintor Fernando Llort pasmo en la catedral de san salvador ya que el arte de este personaje atrae a muchos extranjeros siento que el arzobispo de san salvador esta siento muy injusto a la hora de juzgar al pintor sin saber que estas pinturas a mi parecer son simplemente arte.
punto 3. En este punto estoy completamente en contra por mucho que diga el país que es una tradición para mi es absurdo que una niña de 8 años se case con un adulto de 40 los derechos humanos deben de velar por esa crueldad que yo lo llamo así ya que estas niñas pierden el derecho a ser libre a tener diversión lastimosamente en ese país no tienen sentimientos.
1. Los artículos que se han violentado son: El articulo 11 dice que es obligación informar sobre un posible bien cultural al ministerio para que ellos den su reconocimiento y su certificación para legalizar su inscripción dentro de un plazo de un año y el otro artículo que se ha violado es el articulo 22 ya que se prohíbe la exportación de bienes sin previa autorización de la asamblea legislativa.
2. Claro que si esta persona puede sacar su pieza si es que ha cumplido todo por la ley en el articulo 21 dice muy claro que se considera legal la circulación de los bienes culturales del poseedor ya que haya cumplido todos lo requisitos que se piden. El articulo 23 dice que el ministerio gestionara la salida temporal del país de bienes cultural muebles ya que sea para un evento cultural o para su análisis en instituciones científicas.
3. Los artículos que se han violado son el articulo 25 ya que el dueño tiene la obligación de notificarlo al ministerio para que proceda su investigación inscripción y acreditación el otro articulo que se ha violado es el articulo 26 ya que si lo notifico tiene la obligación de no hacer ningún proyecto en el terreno ya que puede dañar los bienes culturales.
4. El ministerio tiene la obligación de adoptar medidas de protección como lo dice el articulo 30 de esta ley. En artículo 32 dice que se procederá a la expropiación de bienes culturales muebles e inmuebles para el cuidado de dichos bienes culturales.
5. Según el articulo 36 no se ha cometido ninguna violación ya que el ministerio podrá autorizar replicas calco o reproducción de las mismas a fin de mantener la autenticidad y conformidad con los originales y dichas replicas tienen que mantener grabada o impresa claramente una frase que lo identifique.
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